El Consejo Nacional de Áreas Protegidas CONAP firmó Convenio en el marco de Cooperación con la Alianza de Derecho Ambiental y Agua -ADA2-, el CONAP como entidad estatal con personalidad jurídica, autonomía funcional y como el órgano máximo de dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP), con jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas marítimas y su espacio aéreo, cuyas funciones, entre otras, son las de asegurar el funcionamiento óptimo de los procesos ecológicos esenciales y de los sistemas naturales vitales para el beneficio de todos los guatemaltecos; y, alcanzar la capacidad de una utilización sostenida de las especies y ecosistemas en todo el territorio nacional.
La Alianza de Derecho Ambiental y Agua -ADA2-, es una organización de carácter privado, no lucrativa, que tiene como objetivo el contribuir al desarrollo del marco jurídico y a la gestión integrada de los recursos hídricos, que promueva una mejor gobernanza del agua, como elemento esencial para la vida en todas sus manifestaciones y como una necesidad básica para los ecosistemas; promoviendo del reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento a fin que los habitantes dispongan de agua suficiente, salubre, accesible y asequible para los usos necesarios que garanticen su derecho a la salud y la sostenibilidad ambiental. El convenio tendrá vigencia por 5 años y entra en vigencia a partir de la firma de Convenio.
Con el Convenio de Cooperación se busca promover la coordinación y colaboración entre ambas instituciones, con iniciativas de interés común; sin detrimento del ejercicio de sus actividades en el marco de sus competencias; implementar conjuntamente una agenda mínima de trabajo, que promueva el desarrollo y ejecución de proyectos en beneficio del sector gubernamental, siendo el CONAP un potencial aliado estratégico que permitirá poder llevar a cabo proyectos en beneficio y protección del patrimonio natural de la Nación, así mismo crear y fortalecer alianzas estratégicas que permitan llevar a cabo acciones específicas, concretas y conjuntas, para el desarrollo de proyectos a futuro, sobre la base de la legislación nacional vigente, también que se realice una efectiva aplicación de la legislación nacional en materia de áreas protegidas, especialmente lo contenido en la Ley de Áreas Protegidas, Decreto Número 4-89 del Congreso de la República de Guatemala, Planes Maestros, Normativos y Reglamentos emitidos por la Honorable Consejo Nacional de Áreas Protegidas, así como diferentes Tratados y Convenios Internacionales vinculados al Patrimonio Natural de la Nación y por último implementar la Política de Administración Conjunta y Gestión compartida del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas y de áreas naturales de importancia para la conservación de la diversidad biológica en Guatemala.
El recurso hídrico es considerado un servicio ecosistémico de vital importancia para la conservación y uso sostenible de la Diversidad Biológica; razón por la cual, se hace un llamado a la población a tomar conciencia sobre el uso racional del agua; además su relación con los bosques los cuales cumplen una función importante en la regulación del ciclo del agua.
“Asegurar los bienes y servicios ambientales de las áreas protegidas, como los bosques y el agua, son vitales para la población y las futuras generaciones”